La legalización de firmas de documentos universitarios
es un proceso que tiene como finalidad
dar fe de la firma infrascrita (última firma) de
los documentos emitidos legalmente por las universidades
o escuelas politécnicas.
El Consejo Nacional de Educación Superior ofrece
el servicio de certificaciones en cumplimiento de:
Disposición General Sexta de la Ley de Educación
Superior que dice: "Los centros de educación
superior se responsabilizarán de la refrendación
de los títulos y de su registro en el CONESUP,
previa su entrega al beneficiario",
Disposición Transitoria Décimo Quinta de
la mima ley que dice: "Los profesionales ecuatorianos
y los extranjeros residentes que se encuentren laborando
en el país tienen el plazo de seis desde la fecha
de vigencia de esta ley para registrar su título
en el CONESUP. Las universidades y escuelas politécnicas
facilitarán el cumplimiento de este requisito"
Art.24 del Reglamento a la Ley de Educación que
dice: "Todos los títulos o grados académicos
otorgados por las universidades y escuelas politécnicas,
una vez expedidos y refrendados por la correspondiente
institución, serán registrados en el CONESUP.
Los títulos otorgados por los institutos técnicos
y tecnológicos deberán ser refrendados y
registrados por el CONESUP."
Art.25 del Reglamento a la Ley de Educación que
dice: "Los títulos conferidos por una universidad
o escuela politécnica que no hayan sido registrados
en el CONESUP, no habilitan para el ejercicio profesional."
El CONESUP emitirá informe favorable y obligatorio
de la propuesta técnica académica (proyecto)
para la creación de las universidades y escuelas
politécnicas.